Requisitos de los viajes del Imserso

Los requisitos para acceder a los viajes del Imserso vienen regulados según el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales cuyas normas se rigen por la Orden 926/2018 del 10 de septiembre y también por la Resolución del 10 de mayo de 2019 del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

  1. Si los viajeros son residentes en España, deberán cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
    • Ser pensionista jubilado del sistema público español de pensiones.
    • Ser pensionista de viudedad, con al menos 55 años de edad.
    • Ser pensionista por otros conceptos o percibir subsidio de desempleo o prestaciones, con al menos 60 años de edad.
    • Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social de España, con al menos 65 años de edad.
    • Ser emigrante, retornado a España, siendo pensionista en el sistema público de Seguridad Social del país del que se haya retornado.
  2. Los ciudadanos españoles que residan en el exterior deben cumplir alguno de los requisitos del punto anterior.
    • Pueden tramitar sus solicitudes a través de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
    • Deben ser residentes en alguno de los siguientes países: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza.
  3. Aquéllos emigrantes que sean españoles de origen y hayan retornado a España, deberán ser jubilados de los sistemas públicos de pensiones del país al que hayan emigrado.

Los pasajeros podrán viajar acompañados de su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que convivan de manera estable (siempre que esta convivencia sea en una relación afectiva análoga a la conyugal). No es necesario que estos acompañantes cumplan los requisitos mínimos de edad o percepción de pensiones.

Los hijos de los pasajeros, podrán acompañarles en caso de tener un grado de discapacidad de, al menos, un 45% y deberán viajar siempre con sus padres. Estos hijos se deberán alojar en la misma habitación de sus padres, o bien, abonar el correspondiente suplemento por habitación individual.

Como nota general, hay que destacar que todos los pasajeros que viajen con el Imserso y sus acompañantes o hijos, deben ser capaces de valerse por sí mismos en las actividades básicas de la vida diaria.